SUSAN TORREJON POEMAPE Secretaria General FENTASE CALLAO

sábado, 8 de diciembre de 2012

¡RESULTADOS DE ELECCIONES DE CONSEJO DIRECTIVO Y CONSEJO DE VIGILANCIA DE LA DERRAMA ADMINISTRATIVA DEL CALLAO, PARA EL PERIODO 2012 - 2015, REALIZADA ESTE VIERNES, 07 DE DICIEMBRE-2012, DIERON COMO GANADORA A LA LISTA Nº 1, LIDERADA POR LA C. JACKELINE ELIZABETH ROSALES SICCHE!

LISTAS            MESA "1"          MESA "2"           TOTAL

LISTA Nº 1    =      170 Votos        +       168 Votos         =      338 Votos

LISTA Nº 2    =       154 Votos       +      139 Votos          =      293 Votos

LISTA Nº 3    =         50 Votos       +         62 Votos         =      112 Votos

LISTA Nº 4    =         31 Votos       +         40 Votos         =        71 Votos 

BLANCOS     =         04 Votos      +          01 Votos         =        05 Votos

NULOS           =        15 Votos       +         26 Votos          =        41 Votos

                                           TOTAL                                    =      860 VOTANTES                     


LISTA GANADORA

LISTA Nº 1

CONSEJO DIRECTIVO:
PERIODO 2012 - 2015
PRESIDENTE:  Jackeline Elizabeth ROSALES SICCHE  (I.E Alcides Spelucin) 


SECRETARIA:  Marita Graciela RODRIGUEZ MENA (ISPPEE "María Madre")


TESORERA   :  Carmen Mercedes FIGUEROA RIVERA  (UGEL-VENTANILLA)


VOCAL           :  Moises YANCCE POMACANCHARI (I.E. Abraham Valdelomar)

CONSEJO DE VIGILANCIA:
PRESIDENTE:  Vilma Bertila JUAREZ HUAYANI              (C.M. Leoncio Prado) 


SECRETARIA:  Carmen Rosa MONZON SUAREZ           (I.E. General Prado)


VOCAL           :  Juan Alberto GONZALES SALDARRIAGA (I.E. Casuarinas)

                                                                                                                        

viernes, 7 de diciembre de 2012

¡DICTAN DISPOSICIONES REGLAMENTARIAS PARA EL OTORGAMIENTO DEL AGUINALDO POR NAVIDAD!

Mediante el Decreto Supremo Nº 243-2012-EF, publicado en el Diario "El Peruano", el día de hoy Viernes, 07 de Diciembre-2012, el Gobierno dictó las Disposiciones Reglamentarias para el otorgamiento del Aguinaldo por Navidad-2012.

miércoles, 5 de diciembre de 2012

¡MINISTERIO DE EDUCACIÓN EXPIDIÓ RESOLUCIÓN MINISTERIAL QUE APRUEBA ESCALAS TRANSITORIAS DE UGEL´S Y DEMÁS UNIDADES EJECUTORAS DEL PLIEGO 010-MINISTERIO DE EDUCACIÓN!

El Ministerio de Educación expidió la Resolución Ministerial Nº 0477-2012-ED, de fecha 04 de Diciembre-2012, que aprueba las Escalas Transitorias Mensualizadas correspondientes al personal administrativo comprendido en el régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 276, de las sedes e instituciones educativas de las UGEL´s 01, 02, 03, 04, 05, 06 , 07, Dirección de Educación de Lima Metropolitana, Conservatorio Nacional de Música, Instituto Pedagógico Nacional de Monterrico y Escuela Nacional de Folklore.

martes, 4 de diciembre de 2012

¡GOBIERNO PUBLICÓ EL DÍA DE HOY, 04 DE DICIEMBRE-2012, EN EL DIARIO "EL PERUANO", LA LEY Nº 29951, LEY DE PRESUPUESTO DEL SECTOR PUBLICO PARA EL AÑO 2013!


El Gobierno publicó el día de hoy, martes 04 de Diciembre-2012, en el Diario "El Peruano", la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2013, promulgada por el Presidente de la República, y que había sido aprobada y remitida por el Congreso de la República el pasado 30 de Noviembre-2012, la misma que contiene algunos aspectos favorables para los trabajadores, así como otras disposiciones u omisiones desfavorables, entre las que resaltan las siguientes:

-Aprueba Aguinaldo por Fiestas Patrias-2013, por la suma de S/.300.00 (Trescientos Nuevos Soles);
-Aprueba Aguinaldo por Navidad-2013, por la suma de S/.300.00 (Trescientos Nuevos Soles);
-Aprueba asignación por Escolaridad-2013, por la suma de S/.400.00 (Cuatrocientos Nuevos Soles), a efectivizarse junto a las remuneraciones del mes de Enero-2013
-Autoriza la trasferencia al Fondo D.U. 037-94, de la suma de S/.292´000,000.00 (Doscientos Noventa y Dos Millones de Nuevos Soles), para el Pago de los Devengados del D.U. 037 de los beneficiarios que cuenten con SENTENCIA JUDICIAL en cosa juzgada, informada al 31 de OCTUBRE-2012 al Ministerio de Economía, artículo que entra en vigencia al día siguiente de su publicación.
-Autoriza la trasferencia al Fondo D.U. 037, de la suma de S/.50`000,000.00 (Cincuenta Millones de Nuevos Soles), para el pago de Devengados del D.U. 037-94, en el marco de la Ley Nº 29702, SIN NECESIDAD DE SENTENCIA JUDICIALarticulo que entra en vigencia al día siguiente de su publicación.
-Dispone el cierre a partir del 1º de Enero-2013 del Programa Nacional de Recuperación de las Instituciones Educativas Emblemáticas y Centenarias;
-Dispone el cambio de denominación de los "incentivos laborales" por el de "INCENTIVO ÚNICO", disponiendo que el mismo se percibirá a través del CAFAE, incluido los conceptos señalados en el articulo 4º de la Ley Nº 29874 (D.S. 045-2004-EF, Ley Nº 28254, D.S. Nº 068-2005-EF, Ley Nº 29289, etc.), lo que SIGNIFICA QUE ESTOS CONCEPTOS SERIAN RETIRADOS DE LAS REMUNERACIONES (DEL CHEQUE), lo que si PERJUDICA abiertamente a los trabajadores, en tanto nuestras remuneraciones totales mensuales que aparecen en el cheque se reducirán en S/.300.00 (TRESCIENTOS NUEVOS SOLES), y por tanto se reducirán los montos de diferentes asignaciones que se calculan sobre la base de la remuneración total (ejemplo, la asignación por 25 y 30 años de servicios, el subsidio por sepelio y luto, etc., los cuales ya vienen figurando con dicha reducción -de entre S/.600.00 y S/.900.00 Nuevos Soles- en el Registro de Beneficios Personales del Modulo de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Economía ).   

Ley, que lamentablemente, no ha considerado ningún incremento de remuneraciones ni del incentivo laboral que se otorga a través de los CAFAES al personal administrativo del sector educación.

domingo, 2 de diciembre de 2012

¡PARO NACIONAL ESTATAL: 13 DE DICIEMBRE-2012!

PARO NACIONAL ESTATAL:
13 DE DICIEMBRE-2012
PRECONCENTRACION
FENTASE:
Lugar: PLAZA SAN MARTIN-Lima 
Hora: 10:00 am
PLATAFORMA DE LUCHA:
-Rechazo a la implementación de una nueva Ley del Servicio   Civil, que conculque derechos y despida trabajadores
-Por respeto a la Estabilidad Laboral
-Respeto a los Derechos adquiridos
-Por remuneraciones justas y equitativas
-Por Pago de Beneficios
-Por mejores Pensiones para los trabajadores del Estado